El régimen de PLD para actividades vulnerables no financieras en México
I. Introducción
La persecución y el castigo al delito de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo se ha intensificado en los últimos años a nivel mun- dial debido a la afectación que provoca en el plano económico, comercial y de seguridad so- cial principalmente.
La conciencia de perseguir esta clase de delitos a nivel mundial ha crecido exponen- cialmente de la mano de la presión interna- cional de diversos países que han tenido que implementar procedimientos de investiga- ción transfronterizos para detectar la red de empresas y personas físicas implicadas. Sin la cooperación de los países en el intercam- bio de información y medidas de ejecución, no sería posible castigar y reducir este tipo de conductas delictivas que se han extendido a nivel internacional.
En México se han implementado diversas re- formas legales y regulaciones específicas para prevenir y castigar las operaciones con recur- sos de procedencia ilícita desde hace más de 20 años, empezando por el sector financiero y a partir del 2013 con “actividades y profesiones no financieras designadas” [APNFD (1)], como las define el Grupo de Acción Financiera Inter- nacional [GAFI (2)] en sus recomendaciones 22 y 23 (3) específicamente.